El
Sexting
1.Definición:
-SEXTING
: es un anglicismo para referirse al envío de contenidos eróticos
o pornográficos por medio de teléfonos móviles. Comenzó haciendo
referencia al envío de SMS de naturaleza sexual.
2.Como
y por que se origina
-Desde
el origen de los medios de comunicación, las personas los hemos
usado para enviar contenidos de tipo sexual (eróticos,
pornográficos, etc.), pero con las NTIC surge un peligro: la
difusión masiva e incontrolada de dichos contenidos.
-En
el caso de sexting se trata de contenidos muy íntimos, generados por
los propios remitentes, mediante la grabación de sonidos, fotos o
vídeos propios en actitudes sexuales, desnudos o semidesnudos,
normalmente con destino a una pareja sexual o amorosa, aunque también
en no pocas ocasiones a otros amigos, como un simple juego. Esto
expone al creador o creadora de dichos contenidos a graves riesgos.
-En
PantallasAmigas llevamos tiempo analizando los motivos de los
adolescentes para practicar sexting. ¿Por qué lo hacen? ¿Qué los
empuja a ello? La respuesta no es fácil ya que es una práctica
reciente sobre la que aún no hay estudios concluyentes, pero pueden
influir uno o varios de estos factores:
1-Creen
que una imagen en un terminal móvil está segura
.
2-Confían
plenamente en la discreción ,cuando no en el amor eterno profesado.
3-Sienten
cierta presión de grupo que les lleva a ganar notoriedad y
aceptación en este contexto.
-La
organización ConnectSafely ha determinado en un estudio que las
principales razones para producir y/o trasmitir sexting son las
siguientes:
*noviazgo
*coqueteo
*lucimiento
*impulsividad
*presión de
los amigos
*venganza
*intimidación
*chantaje
3-Peligros
:
1-Riesgo
de exposición a pederastas y otros acosadores o chantajistas:
Un/a
menor que se fotografía en actitudes sexuales puede sugerir una
precocidad sexual a ciertas personas a las cuales les llegue la
fotografía o vídeo, y provocar el deseo de un encuentro lo que
implica un posible abuso o corrupción del/a menor o exponerles a un
chantaje de tipo sexual relacionado con el denominado grooming.
2-Responsabilidad
penal.
La
imagen de una persona está protegida por la Constitución y por
leyes como la Ley de Protección de Datos o el Código Penal; así,
por ejemplo, un reenvío de una foto de sexting podría considerarse
delito de revelación de secreto.
3-Riesgos
psicológicos y sociales.
Una
persona cuya imagen o vídeo erótico es distribuido sin control
puede verse humillada públicamente y acosada (ciberbullying si es
entre menores), y sufrir graves trastornos a causa de ello. Ya se ha
producido al menos un caso de suicidio originado en el sexting y
muchos casos de ansiedad, depresión, pérdida de autoestima, trauma,
humillación, aislamiento social, etc.
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